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año:2021
 
institución:POPULAR SEGUROS CORREDURIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
 
institución:FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 22258 10 de diciembre, 2021 DFOE-CAP-1211 Máster Johanna Montero Araya Gerente General a.i. POPULAR SEGUROS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. johamontero@bp.fi.cr Estimada señora: Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial para el año 2022 de Popular Seguros Correduría de Seguros, S.A. Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros de la Junta Directiva y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se le comunica la aprobación parcial del presupuesto inicial 2022 de Popular Seguros Correduría de Seguros, S.A. por la suma de ?5.135,3 millones. 1. CONSIDERACIONES GENERALES 1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N° 7428 y otras leyes conexas. El presupuesto inicial fue enviado a la Contraloría General mediante oficio N° PSGG-0432-201 del 30 de septiembre de 2021 atendiendo el plazo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 7428 antes citada por medio del Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos (SIPP), de conformidad con lo preceptuado en la norma 4.2.12 de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP). La aprobación interna efectuada por la Junta Directiva como requisito de validez del documento aportado, consta en el acta de la sesión N° 339 celebrada el 11 de agosto de 2021. Esto de conformidad con lo regulado en la norma 4.2.3 de las NTPP. Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:johamontero@bp.fi.cr http://www.cgr.go.cr/ División de Fiscaliz ...
Fecha publicación: 13/12/2021
Fecha emisión: 10/12/2021
Institución: POPULAR SEGUROS CORREDURIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 21398 25 de noviembre, 2021 DFOE-CAP-1134 Máster Alex Otoya Sibaja Gerente General a.i. POPULAR SOCIEDAD AGENCIA DE SEGUROS S.A. Estimado señor: Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad de gestión institucional Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la generación de valor público. Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados. Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera, potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor público mediante el desempeño eficiente y eficaz de su gestión. Lo ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: POPULAR SEGUROS CORREDURIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
Notas de remisión: 21168-2021  |  21169-2021  |  21170-2021  |  21171-2021  |  21172-2021  |  21173-2021  |  21174-2021  |  21175-2021  |  21176-2021  |  21177-2021  |  21178-2021  |  21179-2021  |  21180-2021  |  21181-2021  |  21182-2021  |  21183-2021  |  21184-2021  |  21185-2021  |  21186-2021  |  21187-2021  |  21188-2021  |  21189-2021  |  21190-2021  |  21191-2021  |  21358-2021  |  21359-2021  |  21360-2021  |  21361-2021  |  21362-2021  |  21363-2021  |  21364-2021  |  21365-2021  |  21366-2021  |  21367-2021  |  21368-2021  |  21369-2021  |  21370-2021  |  21371-2021  |  21372-2021  |  21373-2021  |  21374-2021  |  21375-2021  |  21376-2021  |  21377-2021  |  21378-2021  |  21379-2021  |  21380-2021  |  21381-2021  |  21192-2021  |  21193-2021  |  21194-2021  |  21195-2021  |  21196-2021  |  21197-2021  |  21198-2021  |  21199-2021  |  21200-2021  |  21201-2021  |  21202-2021  |  21203-2021  |  21204-2021  |  21205-2021  |  21206-2021  |  21207-2021  |  21208-2021  |  21209-2021  |  21210-2021  |  21211-2021  |  21212-2021  |  21213-2021  |  21214-2021  |  21215-2021  |  21288-2021  |  21289-2021  |  21290-2021  |  21291-2021  |  21382-2021  |  21383-2021  |  21384-2021  |  21385-2021  |  21386-2021  |  21387-2021  |  21388-2021  |  21389-2021  |  21390-2021  |  21391-2021  |  21392-2021  |  21393-2021  |  21394-2021  |  21395-2021  |  21396-2021  |  21397-2021  |  21399-2021  |  21400-2021  |  21401-2021  |  21402-2021  |  21403-2021  |  21404-2021  |  21405-2021  |  21216-2021  |  21217-2021  |  21218-2021  |  21219-2021  |  21220-2021  |  21221-2021  |  21222-2021  |  21223-2021  |  21224-2021  |  21225-2021  |  21226-2021  |  21227-2021  |  21228-2021  |  21229-2021  |  21230-2021  |  21231-2021  |  21232-2021  |  21233-2021  |  21234-2021  |  21235-2021  |  21236-2021  |  21237-2021  |  21238-2021  |  21239-2021  |  21292-2021  |  21293-2021  |  21294-2021  |  21295-2021  |  21296-2021  |  21297-2021  |  21298-2021  |  21299-2021  |  21300-2021  |  21301-2021  |  21302-2021  |  21303-2021  |  21304-2021  |  21305-2021  |  21306-2021  |  21307-2021  |  21308-2021  |  21309-2021  |  21310-2021  |  21311-2021  |  21312-2021  |  21313-2021  |  21314-2021  |  21315-2021  |  21406-2021  |  21407-2021  |  21408-2021  |  21409-2021  |  21410-2021  |  21411-2021  |  21412-2021  |  21413-2021  |  21414-2021  |  21415-2021  |  21416-2021  |  21417-2021  |  21418-2021  |  21419-2021  |  21420-2021  |  21421-2021  |  21422-2021  |  21423-2021  |  21424-2021  |  21425-2021  |  21426-2021  |  21427-2021  |  21428-2021  |  21429-2021  |  21240-2021  |  21241-2021  |  21242-2021  |  21243-2021  |  21244-2021  |  21245-2021  |  21246-2021  |  21247-2021  |  21248-2021  |  21249-2021  |  21250-2021  |  21251-2021  |  21252-2021  |  21253-2021  |  21254-2021  |  21255-2021  |  21256-2021  |  21257-2021  |  21258-2021  |  21259-2021  |  21260-2021  |  21261-2021  |  21262-2021  |  21263-2021  |  21316-2021  |  21317-2021  |  21318-2021  |  21319-2021  |  21320-2021  |  21321-2021  |  21322-2021  |  21323-2021  |  21324-2021  |  21325-2021  |  21326-2021  |  21327-2021  |  21328-2021  |  21329-2021  |  21330-2021  |  21331-2021  |  21332-2021  |  21333-2021  |  21334-2021  |  21335-2021  |  21336-2021  |  21337-2021  |  21338-2021  |  21339-2021  |  21264-2021  |  21265-2021  |  21266-2021  |  21267-2021  |  21268-2021  |  21269-2021  |  21270-2021  |  21271-2021  |  21272-2021  |  21273-2021  |  21274-2021  |  21275-2021  |  21276-2021  |  21277-2021  |  21278-2021  |  21279-2021  |  21280-2021  |  21281-2021  |  21282-2021  |  21283-2021  |  21284-2021  |  21285-2021  |  21286-2021  |  21287-2021  |  21149-2021  |  21150-2021  |  21151-2021  |  21152-2021  |  21153-2021  |  21154-2021  |  21155-2021  |  21156-2021  |  21157-2021  |  21158-2021  |  21159-2021  |  21160-2021  |  21161-2021  |  21162-2021  |  21163-2021  |  21164-2021  |  21165-2021  |  21166-2021  |  21167-2021  |  21340-2021  |  21341-2021  |  21342-2021  |  21343-2021  |  21344-2021  |  21345-2021  |  21346-2021  |  21347-2021  |  21348-2021  |  21349-2021  |  21350-2021  |  21351-2021  |  21352-2021  |  21353-2021  |  21354-2021  |  21355-2021  |  21356-2021  |  21357-2021  |  21148-2021


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio Nº 12279 19 de agosto, 2021 DFOE-CAP-0543 Licenciada Grethel Mora Chacón Presidenta de Junta Directiva POPULAR SEGUROS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. grmora@bp.fi.cr mariavargasm@bp.fi.cr Estimada señora: Asunto: Aprobación del proceso concursal para el nombramiento por plazo indefinido del auditor interno de Popular Seguros Correduría de Seguros, S.A. En atención a los oficios PSTH-0397-2021 y PSTH-0411-2021, mediante los cuales solicita a la Contraloría General la aprobación del proceso concursal del puesto de Auditor interno de Popular Seguros Correduría de Seguros S.A. (Popular Seguros, S.A.) y su respectiva terna de elegibles, para efectos de nombrar un profesional en dicha plaza por tiempo indefinido, se le comunica que la Contraloría General resuelve: APROBAR el citado proceso concursal y la terna, conforme a lo detallado a continuación: I. NORMATIVA APLICABLE Conforme lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno, N° 8292, y el punto 2.3 de los “Lineamientos sobre gestiones que involucran a la auditoría interna presentadas ante la Contraloría General de la República”, corresponde a la Contraloría General la aprobación para el nombramiento por plazo indefinido del auditor interno a partir de la terna seleccionada por esa Administración. Con fundamento en ese marco jurídico, el análisis realizado se enfoca en la verificación de la legalidad y razonabilidad del concurso público, así como en el cumplimiento de lo establecido en el punto 2.3 de los citados Lineamientos. En consecuencia, la gestión de aprobación por parte de la Contraloría General, se fundamenta en la información contenida en las certificaciones que se aportan, así como en la documentación contenida en el expediente administrativo, el cual debe permanecer bajo custodia de la Administración que realiza el concurso, incluso después d ...
Fecha publicación: 24/08/2021
Fecha emisión: 19/08/2021
Institución: POPULAR SEGUROS CORREDURIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR Y SUBAUDITOR INTERNO
Proceso: APROBACION DE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE AUDITOR O SUBAUDITOR


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades Al contestar refiérase al oficio N° 10259 12 de julio, 2021 DFOE-CAP-0433 Licenciada Grethel Mora Chacón Presidenta de la Junta Directiva POPULAR SEGUROS CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A. grmora@bp.fi.cr Estimada señora: Asunto: Autorización de nombramiento interino del auditor interno de Popular Seguros Correduría de Seguros, S.A. En atención a su oficio sin número del 1 de julio de 2021 y el oficio PSTH-0349-2021 del 7 de julio de 2021, mediante los cuales, conforme a la aprobación realizada por la Junta Directiva de Popular Seguros Correduría de Seguros, S.A (Popular Seguros) , solicita autorización para nombrar de forma interina1 al Máster Ronald Benavides Umaña como auditor interno de esa Correduría por el plazo de 5 meses y 21 días, en virtud de que la citada plaza quedó vacante con la jubilación del anterior titular de esa unidad, se le comunica que se resuelve: AUTORIZAR el citado nombramiento, conforme a lo detallado a continuación: I. NORMATIVA APLICABLE Conforme lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley General de Control Interno, N° 8292 y el punto 2.2.2 de los “Lineamientos sobre gestiones que involucran a la auditoría interna ante la CGR”, corresponde a la Contraloría General autorizar el nombramiento interino para la plaza de auditor interno de Popular Seguros; mientras la Administración realiza el proceso público para nombrar al profesional en esa plaza por tiempo indefinido, bajo el entendido que tal nombramiento no puede exceder el plazo de 1 año. II. DETALLE DE LAS CERTIFICACIONES APORTADAS Las certificaciones aportadas en la solicitud realizada y que sirven de respaldo para demostrar que el nombramiento interino cumple con lo dispuesto en la citada normativa, se encuentran suscritas por la Licda. Dary Parra Juarez, en su condición de Gestora de Talento Humano, y se detallan a continuación: 1. Que la plaza de auditor interno se encuentra ...
Fecha publicación: 15/07/2021
Fecha emisión: 12/07/2021
Institución: POPULAR SEGUROS CORREDURIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: INFORME U OFICIO SOBRE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR Y SUBAUDITOR INTERNO
Proceso: APROBACION DE PROCESO DE NOMBRAMIENTO DE AUDITOR O SUBAUDITOR


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 09455 28 de junio de 2021 DJ-0881 Señor Eduardo González Sánchez, Delegado Ejecutivo FUNDACIÓN PARQUE MARINO DEL PACÍFICO Ce: financiero@parquemarino.org Estimado señor Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: falta de competencia del Órgano Contralor y falta de legitimación. Se refiere este despacho a su oficio n° FPMP-DE-104-2021, de fecha de 24 junio del 2021, recibido en esta Contraloría General en esa misma fecha, mediante el cual solicita criterio sobre si la Fundación Parque Marino del Pacífico, debe utilizar el Sistema Integrado de Compras Públicas -SICOP-, para realizar procesos de compra, cuando los fondos a utilizar sean públicos. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n.º 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan en lo de interés: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:financiero@parquemarino.org mailto:contral ...
Fecha publicación: 28/06/2021
Fecha emisión: 28/06/2021
Documento: 9455-2021.pdf
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia, Falta de legitimación


División Jurídica _________________________________________________________________________________________________ Al contestar refiérase al oficio No. 08832 15 de junio de 2021 DJ-0805-2021 Señora Maribel Brenes Masís Correo: fundacion@parquemarino.org mbrenesmasis@hotmail.com Estimada señora: Asunto: Solicitud de levantamiento de incompatibilidad en relación con cargo de miembro de junta directiva del INCOP y otros cargos desempeñados en COONATRAMAR R.L., Cámara de Turismo de Puntarenas y Fundación del Parque Marino del Pacífico, de conformidad con artículos 18 y 19 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N° 8422. Se refiere este Despacho a su solicitud de levantamiento de incompatibilidad relacionado con el cargo de miembro de la junta directiva del Instituto de Puertos del Pacífico (INCOP) y otros cargos desempeñados en la Cooperativa Autogestionaria de Transporte Marítimo (COONATRAMAR R.L.), Cámara de Turismo de Puntarenas y Fundación del Parque Marino del Pacífico, de conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N° 8422 -en adelante LCEIFP- presentada mediante escrito de fecha 23 de febrero del 2021 y complementada mediante información aportada en escritos del 11 y 22 de marzo; 23 de abril y 25 de mayo, todos del año 2021. I. ANTECEDENTES Se indican en primer término, los antecedentes aportados al efecto por la señora Maribel Brenes Masís, según el orden cronológico de sus nombramientos en los cargos privados y públicos: 1) Constancia emitida el 25 de mayo del 2021, por el señor Gerardo González Arias, Gerente General de la Cooperativa Autogestionaria de Transporte Marítimo, mailto:fundacion@parquemarino.org mailto:mbrenesmasis@hotmail.com ...
Fecha publicación: 15/06/2021
Fecha emisión: 15/06/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)


División Jurídica _________________________________________________________________________________________________ Al contestar refiérase al oficio No. 07066 18 de mayo del 2021 DJ-0653-2021 Señora Maribel Brenes Masís Correo: fundacion@parquemarino.org mbrenesmasis@hotmail.com Estimada señora: Asunto: Solicitud de información adicional. En el marco de su gestión de fecha 23 de febrero de 2021, mediante la cual solicitó “(...) se me brinde la excepción del artículo 18 de la ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422), para continuar aportando mi apoyo dentro de la Fundación.” y ante requerimiento de este Órgano Contralor, su persona presentó información complementaria mediante escrito del 22 de abril del 2021, al cual adjuntó certificación de la escritura de constitución de la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas (CATUP) y señaló en lo conducente: “La Cámara de Turismo es una organización de derecho privado sin fines de lucro dedicada a promover y desarrollar el turismo en Puntarenas, regulada por la ley de asociaciones, se financia de las cuotas que aportan sus afiliados, además ofrece servicios tanto a empresas como a entes gubernamentales por los cuales emiten facturas oficiales y que cumplen con lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda. No recibe fondos públicos ya que no hay ninguna ley general ni especial que lo establezca.” En relación con la indicación referida, se le solicita: ? Indicar si su condición de asociada y/o miembro de la Junta Directiva de la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas, obedece a su vez a su participación o ligamen con alguna empresa o entidad privada en específico; el nombre de dicha empresa o entidad privada; el cargo que desempeña en dicha empresa o entidad privada y sus funciones; los serv ...
Fecha publicación: 18/05/2021
Fecha emisión: 18/05/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)


División Jurídica _________________________________________________________________________________________________ Al contestar refiérase al oficio No. 05534 19 de abril de 2021 DJ-0508-2021 Señora Maribel Brenes Masís Correo: fundacion@parquemarino.org mbrenesmasis@hotmail.com Estimada señora: Asunto: Solicitud de información adicional. En el marco de su gestión de fecha 23 de febrero de 2021, mediante la cual solicitó “(...) se me brinde la excepción del artículo 18 de la ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422), para continuar aportando mi apoyo dentro de la Fundación.” y ante requerimiento de este Órgano Contralor, su persona presentó información complementaria mediante la que indicó que además del cargo de Segunda Vicealcaldesa de la Municipalidad de Puntarenas, miembro de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y miembro de la Junta Administrativa de la Fundación Parque Marino del Pacífico, se desempeña como miembro de la Junta Directiva de la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas. Concretamente en relación con la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas se le solicita: ? Indicar si la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas recibe fondos públicos, así como aportar la documentación respectiva que lo acredite. Así las cosas, se previene para que dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir de la notificación del presente oficio, remita la información requerida y se le informa que en caso de omisión, se valorará lo correspondiente, conforme a derecho. mailto:fundacion@parquemarino.org mailto:mbrenesmasis@hotmail.com División Jurídica _______________________________________ ...
Fecha publicación: 19/04/2021
Fecha emisión: 19/04/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)


División Jurídica _________________________________________________________________________________________________ Al contestar refiérase al oficio No. 03996 16 de marzo de 2021 DJ-0374-2021 Señora Maribel Brenes Masís Correo: fundacion@parquemarino.org mbrenesmasis@hotmail.com Estimada señora: Asunto: Solicitud de información adicional. En relación con su gestión de fecha 23 de febrero de 2021, mediante la cual solicitó “(...) se me brinde la excepción del artículo 18 de la ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422), para continuar aportando mi apoyo dentro de la Fundación.”, este Órgano Contralor de previo a resolver dicha solicitud, le solicitó en el oficio 03647-2021 del 09 de marzo del 2021, entre otros aspectos, la documentación de respaldo de los cargos desempeñados por su persona como Segunda Vicealcaldesa de la Municipalidad de Puntarenas, miembro de la Junta Directiva del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y miembro de la Junta Administrativa de la Fundación Parque Marino del Pacífico. Asimismo, le solicitó indicar si tenía alguna participación en otra institución u organización adicional a las ya mencionadas, así como sus funciones en esta participación, si existiera. Mediante nota del 11 de marzo del 2021, recibida por la Contraloría General en esa misma fecha, se nos indica de su parte que además de los cargos mencionados, se desempeñó también en la Junta Directiva de la Asociación Cámara de Turismo, como Directiva en el puesto de Secretaría, desde el año 2013 y cuyo nombramiento estaría por vencerse el 12 de marzo del 2021. En el mismo sentido de lo requerido respecto de los otros cargos señalados, se le solicita: ? La fecha exacta de inicio y fin del nombramiento y el cargo que desempeña dentro de la Junta Directi ...
Fecha publicación: 16/03/2021
Fecha emisión: 15/03/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)


División Jurídica _________________________________________________________________________________________________ Al contestar refiérase al oficio No. 03647 09 de marzo de 2021 DJ-0342-2021 Señora Maribel Brenes Masís Correo: fundacion@parquemarino.org mbrenesmasis@hotmail.com Estimada señora: Asunto: Solicitud de información. Revisada la solicitud planteada en la gestión de fecha 23 de febrero de 2021, mediante la cual solicita “(...) se me brinde la excepción del artículo 18 de la ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422), para continuar aportando mi apoyo dentro de la Fundación.” Este Órgano Contralor de previo a resolver dicha solicitud, requiere se indique: ? La documentación que acredite la designación como Segunda Vicealcaldesa de la Municipalidad de Puntarenas. ? La fecha exacta de inicio del nombramiento y el cargo que desempeña dentro de la junta directiva del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, así como la documentación que acredite dicho nombramiento. ? La fecha exacta de inicio del nombramiento y el cargo que desempeña dentro de la Junta Administrativa de la Fundación Parque Marino del Pacífico, así como la documentación que acredite dicho nombramiento. ? Explicitar, de forma clara y concreta, cuáles son los motivos de interés público que justifican decretar la dispensa que establece el artículo 19 de la Ley 8422. ? Si tiene alguna participación en otra institución u organización adicional a las mencionadas, así como sus funciones en esta participación, si existiera. mailto:fundacion@parquemarino.org mailto:mbrenesmasis@hotmail.com División Jurídica __________________________________________________ ...
Fecha publicación: 15/03/2021
Fecha emisión: 09/03/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)